DIWASS y anexo VII en el transporte de residuos: obligaciones del transportista en 2026 y 2027

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  • 2026-10-15
Permitra • DIWASS / Annex VII • 2026–2027

DIWASS y anexo VII en el transporte de residuos: obligaciones del transportista en 2026 y 2027

¿Transporta residuos entre países de la UE? Consulte cuándo sigue admitiéndose el anexo VII en papel, qué cambios se prevén para 2027 y cómo preparar al conductor y al departamento de tráfico para una inspección.

Reglamento (UE) 2024/1157Guía para empresas de transporte
La respuesta breve

El anexo VII en papel sigue admitiéndose, pero ya se aplican nuevos requisitos

Hasta el 31 de diciembre de 2026, la Inspección General de Protección del Medio Ambiente de Polonia (GIOŚ) admite el anexo VII en papel fuera de DIWASS, siempre que se utilice el nuevo formulario y exista un contrato conforme al artículo 18. A partir del 1 de enero de 2027, según el calendario anunciado, la gestión electrónica del artículo 18 mediante DIWASS o sistemas interconectados pasará a ser obligatoria. Esto no aplaza todo el Reglamento: DIWASS es obligatorio para las notificaciones desde el 21 de mayo de 2026, sin perjuicio de las disposiciones transitorias.

Antes de aceptar una carga

Tres comprobaciones independientes

  • Residuo: ¿Anexo VII o notificación?
  • Empresas: registro en DIWASS y habilitaciones nacionales.
  • Ruta: documentos, sistema polaco SENT, ADR y aduanas, cuando proceda.

01

Tres fechas que afectan a la documentación del traslado

Al planificar transportes a finales de 2026, distinga el procedimiento de notificación de los requisitos de información general del artículo 18 (anexo VII). Sus calendarios de implantación son diferentes.

21.05.2026

Aplicación del nuevo Reglamento

DIWASS para las notificaciones; nuevo formulario del anexo VII y nuevos requisitos contractuales.

15.11.2026

Puesta en marcha prevista del módulo

Inicio anunciado del módulo de anexo VII electrónico en el entorno de producción.

01.01.2027

Anexo VII electrónico obligatorio

Fin anunciado de la gestión transitoria en papel del artículo 18.

Las fechas proceden del anuncio de la GIOŚ polaca enlazado más abajo. Confirme el estado de implantación antes del traslado; la fecha de noviembre corresponde a una puesta en marcha prevista.

¿Qué se permite durante el período transitorio? Hasta el 31.12.2026, la GIOŚ admite elaborar y transmitir el anexo VII y el contrato en papel fuera de DIWASS. Siguen siendo necesarios el nuevo modelo, el contrato exigido y las demás condiciones del traslado concreto. En rutas internacionales, compruebe también el criterio de las otras autoridades competentes. Se trata de un criterio administrativo transitorio, no de un aplazamiento de todo el Reglamento.

02

¿Qué es DIWASS? ¿Es una autorización?

DIWASS (Digital Waste Shipment System) es el sistema de la UE para intercambiar electrónicamente documentos e información sobre traslados transfronterizos de residuos. Permite gestionar, entre otros, notificaciones, documentos de movimiento y documentos del anexo VII.

Sistema

DIWASS

Intercambio electrónico de información e identificación de los participantes en el traslado.

Procedimiento del traslado

Anexo VII / PIC

Determina si bastan los requisitos de información general o se necesita autorización previa.

Normativa nacional

BDO / §53 / VIHB…

Habilitaciones o registros para transportar residuos en cada país.

Una cuenta en DIWASS no sustituye la autorización o inscripción nacional del transportista de residuos. Algunos ejemplos son la inscripción BDO correspondiente en Polonia, la comunicación conforme al §53 o la autorización del §54 KrWG en Alemania y la inscripción VIHB en los Países Bajos. Los requisitos y las excepciones dependen del papel de la empresa y del país; estos ejemplos no son habilitaciones intercambiables en toda la UE.

03

Árbol de decisión: ¿anexo VII o notificación?

No empiece preguntando si el código del residuo lleva un asterisco. Antes de preparar el documento, determine su composición, la entrada de Basilea/OCDE, la finalidad del traslado, los países de la ruta y la instalación de destino.

ORDEN DE TRANSPORTE DE RESIDUOS
¿El residuo, la ruta y la finalidad cumplen las condiciones del procedimiento de información del artículo 18?

SÍ — tras comprobar la clasificación

ANEXO VII

Procedimiento de información general para los traslados a valorización que cumplan los requisitos.

  • Nuevo formulario del anexo VII
  • Contrato exigido por el artículo 18
  • Datos confirmados de todas las partes
  • Gestión en papel posible en 2026 bajo las condiciones indicadas

NO / se requiere autorización

NOTIFICACIÓN (PIC)

Antes del transporte debe tramitarse el procedimiento de notificación y autorización previas por escrito.

  • Documentación de notificación
  • Autorizaciones válidas de las autoridades competentes
  • Documento de movimiento
  • Gestión en DIWASS desde el 21.05.2026, con sujeción a las disposiciones transitorias

En determinados casos, el traslado está prohibido y no simplemente sujeto a notificación. No determine el procedimiento únicamente a partir del código LER.

Un error habitual Los códigos 15 01 02 y 19 12 04 identifican tipos de residuos de la Lista Europea de Residuos. No demuestran por sí solos que el traslado pertenezca a la lista verde y pueda realizarse con el anexo VII. Importan la composición real, la contaminación, la entrada aplicable al traslado, el destino y la operación de valorización.

Contenido relacionado: ¿Lista verde o ámbar? Por qué el código LER no basta — consulte la base de conocimientos de Permitra (en polaco).

04

Anexo VII en 2026: nuevos formularios y contrato

Para los traslados sujetos al artículo 18 se utiliza el nuevo modelo del anexo VII del Reglamento (UE) 2024/1157. El formulario identifica participantes, residuo, operación, lugares, ruta y transportistas. El CMR por sí solo no sustituye al anexo VII.

¿Quién prepara el documento y cuándo?

La persona que organiza el traslado es responsable de preparar la información. Por regla general, los datos correspondientes deben facilitarse al menos dos días laborables antes del inicio del traslado; la cantidad real, los datos de los transportistas y, en su caso, el número de identificación del contenedor pueden completarse hasta antes de su inicio. Durante el período transitorio se aplican las reglas correspondientes para la documentación en papel. En la gestión electrónica, garantice el acceso a la información en el vehículo incluso sin conexión a internet, conforme al artículo 18.6.

Contrato del artículo 18: ¿debe estar en la cabina?

Debe existir un contrato entre la persona que organiza el traslado y el destinatario que cumpla los requisitos del Reglamento. Si el destinatario no explota la instalación de valorización, su operador también debe firmarlo. En los traslados entre dos establecimientos de la misma persona jurídica, una declaración de esta puede sustituir al contrato.

El contrato debe facilitarse a las autoridades cuando lo soliciten, pero no existe una obligación universal de que cada conductor lleve una copia completa en papel. En la práctica, conviene garantizar el acceso en la cabina o inmediatamente a través del departamento de tráfico.

05

¿Cómo preparar el registro de su empresa en DIWASS?

No se pueden introducir libremente operadores no registrados en el documento electrónico. El transportista, el destinatario y la instalación deben poder seleccionarse en DIWASS cuando el sistema gestione el traslado.

1

Cree una cuenta EU Login

Prepare la cuenta del usuario que representará a la empresa. Si la autoridad exige un sistema nacional interconectado, siga la vía de acceso indicada.

2

Registre al operador económico

Introduzca correctamente denominación, identificadores, dirección y actividades. Determine la autoridad competente para la empresa.

3

Complete la validación

Compruebe el estado del operador y los requisitos de la autoridad. Presentar una solicitud no significa que el registro ya esté activo.

4

Compruebe funciones y acceso a documentos

Asigne usuarios responsables de documentos, confirmaciones y actualizaciones de datos. Practique antes de 2027.

Los participantes de fuera de la UE también pueden necesitar registro La Comisión Europea explica que los operadores y autoridades de terceros países que participan en traslados desde, hacia o a través de la UE deben estar disponibles en DIWASS. El registro permite su identificación técnica; no implica que todos deban utilizar personalmente el sistema.

Instrucciones oficiales y acceso: Comisión Europea — DIWASS y GIOŚ de Polonia — punto de información DIWASS.

06

¿Qué comprueba el transportista y qué comprueba el organizador?

Área Principalmente el organizador / cliente Transportista / departamento de tráfico
Clasificación Confirmar el residuo, el procedimiento y la instalación. Comprobar que la documentación coincide con la carga y la ruta; aclarar discrepancias.
Anexo VII / PIC Preparar el documento y garantizar las autorizaciones y el contrato necesarios. Datos del transportista, actualizaciones y confirmaciones correspondientes a su función.
DIWASS Identificar a los participantes y preparar el intercambio de información. Registro activo y permisos de usuario en la medida exigida.
Ruta Países, instalación y procedimiento del traslado. Habilitaciones para residuos en los países de la ruta, CMR, documentos nacionales y ADR/SENT/aduanas, cuando proceda.

Es un reparto operativo de tareas, no una transferencia automática de responsabilidad jurídica. Las obligaciones concretas dependen de las funciones reales de los participantes y de las normas del traslado.

DIWASS ≠ BDO ≠ SENT DIWASS se refiere al intercambio documental del traslado; BDO, al registro polaco correspondiente del transportista; y SENT, al control polaco de determinados transportes. Ninguno sustituye a los demás.

Más información: BDO para transportistas extranjeros de residuos (Polonia; artículo en polaco) y SENT — guía y lista de comprobación (Polonia; artículo en polaco).

07

Dos listas de comprobación antes de cargar

Utilice comprobaciones separadas para la oficina y el conductor. Así podrá detectar discrepancias antes de salir, en lugar de hacerlo durante un control en carretera.

Transitario / departamento de tráfico
Se ha determinado si el material transportado es un residuo.
Se han comprobado el código LER y la entrada de Basilea/OCDE.
Se ha confirmado el procedimiento de anexo VII o PIC.
Se han comprobado el destinatario, la instalación y la valorización.
Se han verificado el registro DIWASS y las habilitaciones nacionales.
Se han organizado el contrato y, si proceden, SENT, ADR y aduanas.
Se han comprobado la coherencia documental y los datos de contacto.
Conductor
Tengo el anexo VII correcto o los documentos exigidos para un traslado notificado.
En los documentos figura el transportista correcto.
El tipo y la cantidad de residuos coinciden con la carga.
La ruta, el destinatario y la instalación son correctos.
Tengo el CMR y los documentos nacionales exigidos.
Durante una inspección puedo obtener el contrato y contactar con tráfico.
Sé qué hacer ante un error o falta de conexión; la información del traslado sigue disponible en el vehículo.

08

Rutas fuera de la UE: análisis adicional

Suiza y Ucrania muestran por qué un mismo código de residuo no siempre implica la misma documentación. A las normas de la UE se añaden requisitos del tercer país, posibles formalidades aduaneras y reglas específicas de importación y exportación. Esta guía no confirma la admisibilidad de ninguna ruta concreta con terceros países.

No dé por hecho que el registro DIWASS permite exportar a cualquier país. El traslado concreto puede requerir notificación o estar prohibido.

09

Preguntas frecuentes

¿Basta el anexo VII en papel hasta el 31 de diciembre de 2026?

La GIOŚ admite durante este período la gestión en papel del artículo 18 fuera de DIWASS, siempre que se utilice el nuevo modelo, exista el contrato exigido y se cumplan las demás obligaciones. En rutas con otros países, compruebe también el criterio de sus autoridades.

¿Qué cambia el 1 de enero de 2027?

Según el calendario anunciado, los documentos del anexo VII deberán gestionarse electrónicamente en DIWASS o sistemas interconectados. Antes del primer transporte, consulte los anuncios actuales de la Comisión Europea y de la autoridad competente.

¿Todos los transportistas necesitan una cuenta DIWASS?

La Comisión indica que los operadores que participan en traslados desde, hacia o a través de la UE deben estar registrados para poder seleccionarlos en documentos electrónicos. Esto incluye a los transportistas. El registro del operador se distingue de la cuenta personal de usuario y no sustituye las habilitaciones nacionales.

¿Todos los residuos no peligrosos pueden viajar con anexo VII?

No. Deben analizarse la composición real, la entrada de Basilea/OCDE, el destino, la finalidad y la instalación. El código LER de seis cifras no basta.

¿Debe el conductor llevar el contrato en papel en la cabina?

El contrato debe estar disponible a petición de las autoridades, pero no existe una obligación universal de que cada conductor lleve una copia completa en papel. Recomendamos acceso inmediato al documento.

¿El registro BDO o el CMR sustituyen al anexo VII?

No. BDO se refiere al registro nacional polaco, el CMR documenta el transporte por carretera y el anexo VII se exige en determinados traslados de residuos. Cada documento cumple una función diferente.

Asistencia de Permitra

¿Tiene un transporte de residuos y no sabe qué documentos preparar?

Envíenos el código y la descripción del residuo, la ruta prevista, el país de establecimiento del transportista y los datos de la instalación. Le ayudaremos a determinar el procedimiento y las formalidades antes de la salida.

Nuestra misión es ayudar a empresas como la tuya a acceder a nuevos mercados, aumentar sus márgenes y obtener sin estrés los permisos necesarios para el transporte de residuos en toda Europa.

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Escribe un mensaje info@permitra.eu

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